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1º de marzo de 2018, fecha límite para el cobro en efectivo

Según resolución 40.541 del 14 de junio de 2017, el Superintendente de Seguros de la Nación resolvió que los PAS, Sociedades de Productores y Agentes Institorios “deberán efectuar la gestión del cobro de premios de contratos de seguro exclusivamente a través de medios electrónicos de cobro” autorizados por el Banco Central o por cheque.

Esta medida sigue “las políticas de inclusión financiera y desarrollando nuevos medios de pago accesibles, que complementan los objetivos de bancarización de la economía y combate de la evasión fiscal” impulsados por el Poder Ejecutivo y con el objetivo de establecer procedimientos acordes a la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, aplicando canales de cobro que permitan “la trazabilidad de los fondos involucrados en las transacciones”.

Es importante que el PAS tenga en cuenta que la Resolución entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín oficial y, según el Artículo 7, su cumplimiento deberá seguir el siguiente cronograma:

– A partir del 1º de septiembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a $20.000 (veinte mil pesos);

– A partir del 1º de diciembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a $10.000 (diez mil pesos);

– A partir del 1º de marzo de 2018 resultará aplicable para la totalidad de so cobros de premios independientemente de su monto.

Esta nueva política de cobro “facilitará la transparencia y la fiscalización estatal, además de mejorar el control interno y desalentar la comisión de fraudes”.

Más información: laura@aseguradosaldia.com

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