Términos frecuentes
Actualmente hay 17 nombres en este directorio que comienzan con la letra C.
CADUCIDAD
Son perdidas de derechos por incumplimiento de cargas y obligaciones, como consecuencia de lo previsto en la ley. Puede ser por cargas y obligaciones anteriores o posteriores al siniestro.
CAPITAL ASEGURADO
Se llama así al monto pagadero en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de póliza.
CARENCIA
Período durante el cual el asegurado paga primas pero no recibe la cobertura prevista en la póliza. Se extiende desde la fecha de inicio del contrato hasta una fecha posterior determinada. Solo se aplica en los seguros de vida y enfermedades para evitar posibles fraudes y antiselección.
CASCO
Término utilizado en materia de seguros para designar el vehículo en sí, usado para el transporte de personas o cosas. Aunque esta acepción es más corriente en el seguro de transporte marítimo, la denominación se extiende a todos los demás sistemas de transporte para designar el medio de locomoción usado.
CASO FORTUITO
De acuerdo a nuestro código civil, es el que no ha podido preverse, o de previsto, no ha podido evitarse.
CERTIFICADO DE COBERTURA
Instrumento emitido por la compañía de seguros, donde especifica la cobertura del seguro solicitado. Normalmente se emite, cuando lo solicita el asegurado, debido a que el contrato de seguro o póliza, está en proceso de emisión.
CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN
Es el documento por el cual se prueba la existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben figurar las informaciones que la identifican, tales como: suma asegurada, vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios, etc
CERTIFICADO INDIVIDUAL DE SEGURO
Es el documento por el cual se prueba la existencia de una póliza de seguro colectivo, y en el que deben figurar los elementos que la identifican, como ser: suma asegurada, vigencia, datos personales del asegurado, beneficiarios, etc.
CITACION EN GARANTIA
Es el mecanismo destinado a vincular al asegurador con el reclamo que formula el tercero damnificado contra el asegurado a quien le imputa una responsabilidad civil emergente de algún supuesto comprendido en el enunciado de cobertura de la póliza.
COASEGURO
Es cuando la cobertura de un riesgo se comparte entre dos o más aseguradores, estableciéndose una relación contractual entre cada coasegurador y el asegurado.
COBERTURA
Es lo establecido por escrito en el contrato de seguro o póliza de seguros, donde se establecen las condiciones generales, particulares, detalle del bien asegurado, costo, etc., que sirven para establecer y enunciar todos los derechos y obligaciones de las partes contratantes.
CONDICIONES GENERALES
Son las que establece la ley 17.418 y corresponden al ramo individual contratado.
CONDICIONES PARTICULARES
Estas condiciones prevalecen sobre las generales, son las que especifican los datos del asegurado, del riesgo y pueden incluir coberturas que se excluyen en las condiciones generales de póliza.
CONTENIDO GENERAL
Se denominan de esta manera las maquinarias, instalaciones, mercaderías, suministros y demás efectos vinculados por su utilidad a la actividad que desarrolla el asegurado.
CONTRATO DE SEGURO
Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga mediante el pago de una prima a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto
CULPA GRAVE
Es la actuación intencional "probada" por parte del asegurado, para que se produzca el siniestro. Art. 70 ley 17.418 dice "el asegurador queda liberado si el tomador o el beneficiario provoca el siniestro dolosamente o por culpa grave. Quedan excluidos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias, o por un deber de humanidad generalmente aceptado".